Boletín de Prensa

Secretaría de Infraestructura, Renovación Urbana y Vivienda

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Son funciones de la Secretaría de Infraestructura, Renovación Urbana y Vivienda, las siguientes:

  1. Proyectar para aprobación del Alcalde las políticas y programas de desarrollo urbano integral de mediano y largo plazo del Municipio en coordinación de la Secretaría de Planeación, teniendo en cuenta el cuidado y protección del ambiente, el desarrollo sostenible y la satisfacción de la comunidad.
  2. Articular las acciones municipales para el desarrollo urbano integral del Municipio, contribuyendo a la construcción, modificación y renovación del espacio urbano, junto con los demás elementos sectoriales y la participación del sector público, privado y las organizaciones sociales, para consolidar una ciudad ordenada, sostenible y próspera.
  3. Proyectar para aprobación del Alcalde, la política de gestión integral del hábitat, incluyendo la adecuada prestación de servicios públicos, y realizar los planes de promoción y gestión de proyectos de desarrollo urbano; mejoramiento integral de asentamientos humanos, mejoramiento de vivienda, producción de vivienda nueva de interés social y titulación de predios en asentamientos de vivienda de interés social.
  4. Proyectar para aprobación del Alcalde y ejecutar las políticas de infraestructura física, relacionadas con el diseño, construcción, mejoramiento y conservación de la infraestructura física que demande el progreso y desarrollo del Municipio.
  5. Elaborar los planes, programas y proyectos estratégicos de desarrollo urbano de corto, mediano y largo plazo, relacionados con renovación urbana, valorización, mejoramiento barrial, conservación y ampliación de la extensión urbana.
  6. Gestionar, liderar, promover y coordinar programas y proyectos de renovación urbana en sectores deteriorados del suelo del Municipio o para participar en la modificación del uso de suelo de acuerdo con las políticas y prioridades establecidas en el Plan de Ordenamiento Territorial-POT.
  7. Elaborar, ejecutar o contratar los desarrollos urbanos definidos en el POT para el Municipio, en el Plan de Desarrollo Municipal y en los Planes o proyectos estratégicos de desarrollo urbano en sus componentes básicos: espacio público, vivienda, equipamientos, movilidad e infraestructura.
  8. Planear y establecer los procedimientos para adquirir por enajenación voluntaria o mediante los mecanismos legales de expropiación judicial o administrativa, los inmuebles que se requiera para el cumplimiento de los planes, programas o proyectos de desarrollo urbano.
  9. Promover y ejecutar proyectos de desarrollo urbano utilizando las ventajas que ofrecen las asociaciones público privadas, a través de la unión de esfuerzos entre los diferentes niveles de gobierno y los empresarios y/o inversionistas para impulsar, desarrollar y mantener obras y proyectos de infraestructura urbana.
  10. Facilitar y promover la participación ciudadana en la concepción, diseño, ejecución y evaluación de los Planes, programas y proyectos de desarrollo urbano.
  11. Estudiar y proponer las tarifas por servicios prestados por la Secretaría, a incluirse en el proyecto de acuerdo por medio del cual se señalan las tarifas, tasas, derechos, impuestos, multas y contribuciones municipales que se aplican en el Municipio para cada vigencia.
  12. Implementar, mantener y mejorar el Sistema Integrado de Gestión.
  13. Implementar y mantener las estadísticas e indicadores para facilitar el seguimiento, el control y toma de decisiones, así como la presentación de los informes respectivos
  14. Realizar seguimiento a la presentación de informes de labores, informes de gestión y de rendición de cuentas de la dependencia
  15. Realizar seguimiento a la administración del riesgo de la dependencia.
  16. Direccionar la implementación, mantenimiento y mejora de los sistemas de información que se utilizan en la secretaría, en coordinación con la Dirección de TIyC (tecnología, innovación y ciencia), para la adecuada prestación del servicio. 

Subsecretaria de Infraestructura y Valorización

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Son funciones de la Subsecretaría de Infraestructura y Valorización, las siguientes:

  1. Proyectar para aprobación del Alcalde y ejecutar las políticas de infraestructura física, relacionadas con el diseño, construcción, mejoramiento y conservación de la infraestructura física que demande el progreso y desarrollo del Municipio, en concordancia con el Plan de Desarrollo vigente y el marco normativo aplicable.
  2. Liderar el diseño, construcción y mejoramiento de vías, espacios públicos, equipamientos e infraestructura física destinada por el Municipio para el uso público.
  3. Ejecutar las actividades técnicas a que haya lugar en el desarrollo de los procesos contractuales encaminados a la contratación y ejecución de las obras de infraestructura que adelante el Municipio, en coordinación con la Dirección de Contratación Pública.
  4. Ejecutar, vigilar o supervisar los programas y proyectos que realice o contrate el Municipio de Palmira para las actividades de mantenimiento o construcción de manera especial en: vías, área urbana y rural; vías terciarias; ampliación andenes y separadores viales; ciclo rutas, puentes peatonales y vehiculares; gaviones, muros de contención; proyectos para iluminación en vías y áreas públicas, y demás de la misma naturaleza.
  5. Coordinar y planear con otras dependencias municipales o entidades públicas o privadas, y en general con la comunidad, la información y organización sobre la forma y tiempo en el cual se ejecutarán los proyectos de infraestructura física del Municipio.
  6. Velar por la calidad, oportunidad y cumplimiento de las normas en las obras de infraestructura que se adelanten en el Municipio.
  7. Verificar condiciones del entorno en cuanto a nuevas tecnologías para el diseño, construcción y conservación de la infraestructura física del Municipio y evaluar la pertinencia y factibilidad para su aplicación.
  8. Coordinar con otras dependencias o con entidades públicas y privadas, la ejecución de programas o proyectos para la conservación de la infraestructura física del Municipio.
  9. Coordinar la ejecución de los proyectos de valorización urbana con los demás organismos del Municipio, la comunidad y los sectores comprometidos con su desarrollo.
  10. Garantizar la ejecución de las obras a ser financiadas por valorización, conforme a la normatividad respectiva y previos los estudios para determinar las operaciones administrativas necesarias de información y comunicación, así como el cálculo financiero, liquidación, distribución, asignación y cobro de la contribución.
  11. Ejecutar o asesorar la celebración de convenios, contratos, asociaciones público privadas y en general las actividades que sean necesarias para efectuar los programas o proyectos de valorización urbana definidos por la Alcaldía y el  POT.
  12. Implementar, mantener y mejorar el Sistema Integrado de Gestión.
  13. Implementar y mantener las estadísticas e indicadores para facilitar el seguimiento, el control y toma de decisiones, así como la presentación de los informes respectivos.
  14. Realizar la presentación de informes de labores, informes de gestión y de rendición de cuentas de la dependencia.
  15. Administrar el riesgo de los procesos a su cargo.
  16. Direccionar la implementación, mantenimiento y mejora de los sistemas de información que se utilizan en la Subsecretaría, en coordinación con la Dirección de TIyC (tecnología, innovación y ciencia), para la adecuada prestación del servicio.

Subsecretaria de Renovación Urbana y Vivienda

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Son funciones de la Subsecretaría de Renovación Urbana y Vivienda, las siguientes:

  1. Proyectar, ejecutar, vigilar o supervisar los programas y proyectos estratégicos de desarrollo urbano relacionados con su renovación.
  2. Adelantar las gestiones para garantizar que los proyectos de renovación urbana cuenten con los estudios técnicos, arquitectónicos, ambientales, urbanísticos, jurídicos y financieros, en coordinación con las Secretarías de la Alcaldía.
  3. Propiciar y direccionar iniciativas de desarrollo urbano integral a partir de programas o proyectos de renovación urbana proveniente de las comunidades, del sector privado o de la academia.
  4. Ejecutar o asesorar la celebración de convenios, contratos, asociaciones público privadas y en general las actividades que sean necesarias para efectuar los programas o proyectos de renovación urbana definidos por la Alcaldía y el POT.
  5. Coordinar la ejecución de los proyectos de renovación y/o valorización urbana con los demás organismos del Municipio, la comunidad y los sectores comprometidos con su desarrollo.
  6. Elaborar los estudios y proyectos de vivienda de interés social y adelantar los estudios previos para contratar su ejecución de acuerdo con lo planeado en términos de tiempo, economía y beneficiarios.
  7. Apoyar los programas de vivienda de interés social, que incluyan la construcción y mejoramiento de vivienda urbana y rural, titulación y/o legalización de predios y viviendas urbanas.
  8. Gestionar y desarrollar los instrumentos para facilitar la financiación de vivienda de interés social a través de los subsidios a la demanda o de la asignación o la cofinanciación de recursos públicos y privados a los proyectos especiales de vivienda destinada a población vulnerable y a la titulación de predios en asentamientos de vivienda de interés social.
  9. Ejecutar o vigilar los acuerdos, convenios o asociaciones público privadas o de cooperación para el desarrollo de actuaciones integrales de vivienda y hábitat en el contexto urbano y rural.
  10. Proponer políticas, planes y programas, así como realizar el seguimiento y evaluación a la prestación de los servicios públicos domiciliarios en el Municipio, a cargo del nivel descentralizado o central de la administración.
  11. Gestionar recursos del orden departamental, nacional e internacional, dirigidos al fortalecimiento del sector de agua potable y saneamiento, para la ejecución de proyectos de infraestructura en acueductos y/o agua potable, alcantarillado y sus actividades complementarias.
  12. Orientar, capacitar y apoyar técnica, administrativa, financiera, legal y comercialmente a los acueductos rurales.
  13. Realizar la gestión de proyectos de mejoramiento de barrios velando por establecer una política para la cultura de divulgación e implementación del hábitat sostenible y amigable.
  14. Promover y desarrollar programas y proyectos de uso racional del agua y de protección de las fuentes de abastecimiento, en coordinación con la Dirección de Gestión de Riesgo de Desastres.
  15. Adelantar el registro de las urbanizadoras privadas y ejercer control sobre los agentes liquidadores de las urbanizadoras intervenidas.
  16. Implementar, mantener y mejorar el Sistema Integrado de Gestión.
  17. Implementar y mantener las estadísticas e indicadores para facilitar el seguimiento, el control y toma de decisiones, así como la presentación de los informes respectivos.
  18. Realizar la presentación de informes de labores, informes de gestión y de rendición de cuentas de la dependencia.
  19. Administrar el riesgo de los procesos a su cargo.
  20. Direccionar la implementación, mantenimiento y mejora de los sistemas de información que se utilizan en la Subsecretaría, en coordinación con la Dirección de TIyC (tecnología, innovación y ciencia), para la adecuada prestación del servicio.

Secretaría de Educación

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Son funciones de la Secretaría de Educación, las siguientes:

  1. Proyectar para aprobación del Alcalde las Políticas, Planes y Programas del sector educativo del Municipio.
  2. Planificar el servicio educativo de conformidad con las disposiciones constitucionales y legales que regulan este servicio, en condiciones de calidad, pertinencia, equidad, eficiencia y eficacia.
  3. Garantizar el derecho a la educación de los niños y jóvenes en edad escolar del Municipio, así como orientar y coordinar la aplicación de las políticas sectoriales del Ministerio de Educación Nacional.
  4. Dirigir, prestar y evaluar el servicio educativo en los niveles de primera infancia, preescolar, básica y media, en condiciones, de equidad, eficiencia y calidad, así como con pertinencia respecto al desarrollo económico, social, cultural y político del Municipio, la región y la Nación.
  5. Velar por la debida aplicación y seguimiento a los recursos financieros provenientes del Sistema General de Participaciones y de otras fuentes, para garantizar la prestación de los servicios educativos a cargo del Municipio.
  6. Planear, proyectar y asegurar la atención de los niños y jóvenes del Municipio en edad escolar, a través de la disponibilidad educativa en cuanto a directivos de las instituciones educativas, docentes, directivos docentes, personal de apoyo, personal administrativo e instituciones educativas, con su respectiva dotación, de acuerdo con las políticas públicas en educación.
  7. Administrar el personal docente, directivo docente y administrativo de las instituciones educativas del Municipio, para lo cual, en el evento en que aplique, realizar nombramientos del personal requerido, de acuerdo con la normativa vigente, administrar los ascensos y traslados, con base en las necesidades, la demanda escolar y los indicadores de eficiencia establecidos para el sector educativo.
  8. Promover y fomentar el desarrollo de la calidad de la educación, fortaleciendo los programas de extensión de la jornada escolar, evaluación y seguimiento, formación y desarrollo de docentes, uso de las TIC y los programas de actualización curricular y ejecución de proyectos pedagógicos especiales para las instituciones educativas o áreas del conocimiento que así lo requieran, según los resultados de las evaluaciones.
  9. Diseñar e impulsar estrategias y programas para el acceso al sistema educativo y el desarrollo y formación de niños, jóvenes y habitantes con necesidades especiales, así como de la población vulnerable y personas afectadas por la violencia.
  10. Ejercer la inspección, vigilancia y supervisión de la educación en el Municipio.
  11. Desarrollar, administrar y mantener los sistemas de información educativa del Municipio determinados por el Ministerio de Educación Nacional y los que desarrolle la Secretaría para su gestión, planeación y seguimiento, así como suministrar la información a la Nación, el Departamento y entes de control con calidad y oportunidad.
  12. Vigilar la aplicación de la regulación nacional sobre los costos educativos y cobros periódicos en las instituciones educativas públicas y privadas.
  13. Articular procesos con las instituciones de educación superior y de formación para el trabajo y el desarrollo humano, con el fin de proyectar al estudiante en su formación profesional y laboral.
  14. Hacer seguimiento, acompañamiento y evaluación a las instituciones de formación para el trabajo y el desarrollo humano, dentro del marco legal.
  15. Articular y hacer acompañamiento a las instituciones de educación privada en primera infancia, preescolar, primaria y secundaria, para el cumplimiento de las políticas nacionales, departamentales y municipales.
  16. Formular la política pública educativa en articulación con la comunidad educativa y todas las partes interesadas.
  17. Formular, desarrollar y acompañar el componente pedagógico en establecimientos públicos y privados en primera infancia, pre escolar, básica y media.
  18. Implementar, mantener y mejorar el Sistema Integrado de Gestión.
  19. Implementar y mantener las estadísticas e indicadores para facilitar el seguimiento, el control y toma de decisiones, así como la presentación de los informes respectivos
  20. Realizar seguimiento a la presentación de informes de labores, informes de gestión y de rendición de cuentas de la dependencia
  21. Realizar seguimiento a la administración del riesgo de la dependencia.
  22. Direccionar la implementación, mantenimiento y mejora de los sistemas de información que se utilizan en la secretaría, en coordinación con la Dirección de TIyC (tecnología, innovación y ciencia), para la adecuada prestación del servicio. 

Subsecretaria de Cobertura Educativa

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Son funciones de la Subsecretaría de Cobertura Educativa, las siguientes:

  1. Garantizar el acceso y permanencia de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes-NNAJ y adultos en el sistema educativo del Municipio.
  2. Coordinar con la Secretaría de Infraestructura, Renovación Urbana y Vivienda y la Subsecretaría de Gestión de Recursos Físicos y Servicios Generales, la construcción, mantenimiento y adecuación de las sedes educativas oficiales del Municipio.
  3. Garantizar, mantener y actualizar la dotación escolar de cada uno de los colegios oficiales.
  4. Mantener e incrementar la actual cobertura educativa y desarrollar acciones hasta universalizar la educación en el Municipio.
  5. Facilitar y apoyar a los padres de familia para matricular o trasladar a sus hijos a través del sistema de matrículas y el uso del programa de Gobierno en Línea, definiendo criterios, procedimientos y cronogramas.
  6. Apoyar las estrategias de atención integral a la primera infancia, junto con la Secretaría de Integración Social, articulando jardines y centros de atención de la primera infancia con las instituciones educativas oficiales del Municipio, para garantizar el acceso y la permanencia de los niños con mayores necesidades hasta la educación media.
  7. Implementar y articular la política de inclusión en las instituciones educativas.
  8. Implementar, mantener y mejorar el Sistema Integrado de Gestión.
  9. Implementar y mantener las estadísticas e indicadores para facilitar el seguimiento, el control y toma de decisiones, así como la presentación de los informes respectivos.
  10. Realizar la presentación de informes de labores, informes de gestión y de rendición de cuentas de la dependencia.
  11. Administrar el riesgo de los procesos a su cargo.
  12. Direccionar la implementación, mantenimiento y mejora de los sistemas de información que se utilizan en la Subsecretaría, en coordinación con la Dirección de TIyC (tecnología, innovación y ciencia), para la adecuada prestación del servicio.