Sanción de desacato en contra del alcalde Óscar Escobar no está en firme
La Alcaldía de Palmira informa que la Comisión Nacional del Servicio Civil es la entidad que determina, a nivel nacional, los cargos públicos susceptibles de ser ocupados en vacancia definitiva a través de concursos de mérito. En ese orden de ideas, todas las entidades territoriales, entre ellas la Alcaldía de Palmira, tienen la obligación de acatar dicho proceso legal y constitucional.
Así fue que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante la convocatoria 437 de 2017, abrió un nuevo proceso para constituir las plantas de personal de todas las alcaldías y gobernaciones del país. Como resultado de esa convocatoria, los servidores públicos que no presentaron o no superaron las pruebas, debieron ser retirados de sus funciones en beneficio de quienes sí aprobaron dicho concurso de méritos.
A pesar de que la Alcaldía de Palmira garantizó la correcta implementación y ejecución de este mecanismo de obligatorio cumplimiento y empleó a quienes aprobaron las pruebas, los funcionarios afectados por esta norma nacional instauraron acciones de tutela para recuperar los cargos que por concurso de méritos perdieron.
Así fue que, a través de la sentencia número 055 del 16 de junio de 2020, el Juzgado Primero de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Palmira ordenó a la Alcaldía de Palmira reintegrar a Héctor Iván Ponce Martínez, siempre y cuando hubiera vacantes disponibles.
Pero dicha sentencia también dice que si no había vacantes, la Alcaldía debía asumir los aportes de la seguridad social del señor Ponce Martínez hasta que complete las semanas que le faltan para pensionarse. Esta decisión fue confirmada por el Juzgado Primero Civil del Circuito de Palmira en un fallo del 30 de julio pasado.
Luego, el 19 de agosto de este año, el Juzgado de Conocimiento le solicitó a la Alcaldía de Palmira cumplir el fallo, razón por la cual se le informó que como no había cargos disponibles, se asumiría pagar la salud y la pensión del señor Ponce Martínez, tal y como se ordenó en la Sentencia 055. En la respuesta se adjuntaron todos los comprobantes legales de Coomeva y Porvenir que demuestran el cumplimiento de esa obligación.
A pesar de haber acatado al pie de la letra lo que se ordenó, el Juzgado Primero de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple decidió imponerle tres días de arresto y una multa de $292.309 por desacato al alcalde Óscar Escobar.
Por esa razón se radicó un documento donde se reitera el cumplimiento de la orden constitucional, con todos los argumentos y las pruebas que justifican contundentemente que se ha actuado según la ley. Así las cosas, el despacho judicial de consulta tiene tres días para revocar la sanción o ratificarla. Esto quiere decir que la sanción por desacato no se encuentra en firme todavía.
La actual Administración Municipal de Palmira cree firmemente en la justicia y el derecho, y es respetuosa de las decisiones judiciales y sus mecanismos legales. En este caso no será distinto, y acatará la decisión final que comunique el juez superior al que ahora le corresponde este caso, como se ha hecho con otras 96 decisiones judiciales ya emitidas sobre el proceso de concurso de méritos.
Mientras tanto, esta Administración continuará trabajando por la ciudad bajo el liderazgo del alcalde Óscar Escobar y su plan de desarrollo Palmira pa’lante.