Boletín de Prensa

Nuevos beneficios para infractores y deudores de multas de tránsito

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WhatsApp Image 2020 07 25 at 2.48.01 PMEl Congreso de Colombia, mediante la ley 2027 del 24 de julio de 2020, decreta una serie de artículos “por medio de la cual se establece amnistía a los deudores de multas de tránsito, se posibilita la suscripción de acuerdos de pago por deuda de los derechos de tránsito a las autoridades de tránsito y se dictan otras disposiciones”.

Hasta el 31 de diciembre de 2020, todos los infractores que tengan pendiente el pago de multas o estén pagando o hayan incumplido acuerdos de pago hasta el 31 de mayo de 2020, podrán acogerse sin necesidad de asistir a un curso pedagógico a un descuento del 50 % del total de su deuda y del 100 % de sus respectivos intereses.

Igualmente, quienes suscriban acuerdos de pago, tendrán hasta un (1) año para pagar lo adeudado. Por su parte, quienes incumplan con una sola cuota pactada perderán el beneficio de la amnistía y la autoridad iniciará la ejecución por la totalidad de lo adeudado.

También, los beneficios de que trata la presente Ley no se reconocerán, ni se concederán a aquellos conductores que al momento de los hechos estaban en estado de embriaguez o bajo los efectos de las sustancias psicoactivas de que trata la ley 1696 de 2013

Los organismos de Tránsito sólo podrán tramitar la entrega de vehículos inmovilizados, si los infractores están al día en sus multas o previamente firmado un acuerdo de pago.

En la ciudad de Palmira, el acuerdo de pago se suscribe presencial en la sede o virtual y llamando a la línea 2855999.

Finalmente, las liquidaciones de las cuotas se enviarán al correo indicado por el cliente con código de barras para poder realizar el pago en cualquier Banco de Bogotá del país.