Boletín de Prensa

En vigencia medidas de aislamiento obligatorio por Covid-19

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WhatsApp Image 2020 03 23 at 6.24.13 PMDespués de la concertación de normas para prevenir y contener el Covid-19, planteada entre el gobierno nacional, gobernadores y alcaldes de todo el país, se impartieron las instrucciones para el cumplimiento del aislamiento preventivo obligatorio de 19 días en todo el territorio colombiano, con base en el Decreto 457, expedido este domingo 22 de marzo de 2020, por el presidente Iván Duque.

Entre estas instrucciones, están las 34 excepciones a la norma, planteadas por el Decreto para la libre circulación de las personas. Estas, contemplan las áreas de salud, asistencia y prestación de servicios; al igual que emergencias, que seguirán funcionando normalmente, al igual que quienes trabajan en esas áreas, como técnicos, profesionales y administrativos, quienes podrán desplazarse libremente a sus destinos.

Por otro lado en el cuidado de mascotas sólo se atenderán emergencias veterinarias, al igual que sacarlas a hacer sus necesidades básicas.

Los ciudadanos seguirán accediendo a la prestación de los servicios bancarios, financieros, supermercados, droguerías, servicios públicos, alumbrado, internet, telefonía, operadores postales de pago, notariales y registro, mensajería, medios de comunicación, servicios de vigilancia y seguridad privada,.
Igualmente, las empresas que prestan el servicio de aseo, las actividades de Fuerza Militares, Policía Nacional, organismos de seguridad del estado, servicios funerarios, cremaciones y entierros, se permitirá la circulación de una persona por vínculo familiar, y quienes estén desarrollando actividades antes mencionadas deberán estar acreditadas e identificarse en el ejercicio de sus funciones.

En infraestructura las obras civiles y construcción de vías que presenten amenazas por riesgo de estabilidad técnica o colapso se pondrán en intervención, las empresas mayoristas, minoristas y mercados de establecimientos y locales podrán comercializar sus productos, mediante plataformas de correo electrónico o domicilios, la cadena de siembra, cosecha, producción, comercialización y distribución de alimentos.

Finalmente, se relacionan en este listado los productos agrícolas, pecuarios y agroquímicos, se garantiza la logística y el transporte, se espera que en lo estrictamente posible estas medidas se cumplan para prevenir, mitigar y atender de manera oportuna, la emergencia sanitaria, causada por el COVID-19.