Subsecretaria de Renovación Urbana y Vivienda

el .

Son funciones de la Subsecretaría de Renovación Urbana y Vivienda, las siguientes:

  1. Proyectar, ejecutar, vigilar o supervisar los programas y proyectos estratégicos de desarrollo urbano relacionados con su renovación.
  2. Adelantar las gestiones para garantizar que los proyectos de renovación urbana cuenten con los estudios técnicos, arquitectónicos, ambientales, urbanísticos, jurídicos y financieros, en coordinación con las Secretarías de la Alcaldía.
  3. Propiciar y direccionar iniciativas de desarrollo urbano integral a partir de programas o proyectos de renovación urbana proveniente de las comunidades, del sector privado o de la academia.
  4. Ejecutar o asesorar la celebración de convenios, contratos, asociaciones público privadas y en general las actividades que sean necesarias para efectuar los programas o proyectos de renovación urbana definidos por la Alcaldía y el POT.
  5. Coordinar la ejecución de los proyectos de renovación y/o valorización urbana con los demás organismos del Municipio, la comunidad y los sectores comprometidos con su desarrollo.
  6. Elaborar los estudios y proyectos de vivienda de interés social y adelantar los estudios previos para contratar su ejecución de acuerdo con lo planeado en términos de tiempo, economía y beneficiarios.
  7. Apoyar los programas de vivienda de interés social, que incluyan la construcción y mejoramiento de vivienda urbana y rural, titulación y/o legalización de predios y viviendas urbanas.
  8. Gestionar y desarrollar los instrumentos para facilitar la financiación de vivienda de interés social a través de los subsidios a la demanda o de la asignación o la cofinanciación de recursos públicos y privados a los proyectos especiales de vivienda destinada a población vulnerable y a la titulación de predios en asentamientos de vivienda de interés social.
  9. Ejecutar o vigilar los acuerdos, convenios o asociaciones público privadas o de cooperación para el desarrollo de actuaciones integrales de vivienda y hábitat en el contexto urbano y rural.
  10. Proponer políticas, planes y programas, así como realizar el seguimiento y evaluación a la prestación de los servicios públicos domiciliarios en el Municipio, a cargo del nivel descentralizado o central de la administración.
  11. Gestionar recursos del orden departamental, nacional e internacional, dirigidos al fortalecimiento del sector de agua potable y saneamiento, para la ejecución de proyectos de infraestructura en acueductos y/o agua potable, alcantarillado y sus actividades complementarias.
  12. Orientar, capacitar y apoyar técnica, administrativa, financiera, legal y comercialmente a los acueductos rurales.
  13. Realizar la gestión de proyectos de mejoramiento de barrios velando por establecer una política para la cultura de divulgación e implementación del hábitat sostenible y amigable.
  14. Promover y desarrollar programas y proyectos de uso racional del agua y de protección de las fuentes de abastecimiento, en coordinación con la Dirección de Gestión de Riesgo de Desastres.
  15. Adelantar el registro de las urbanizadoras privadas y ejercer control sobre los agentes liquidadores de las urbanizadoras intervenidas.
  16. Implementar, mantener y mejorar el Sistema Integrado de Gestión.
  17. Implementar y mantener las estadísticas e indicadores para facilitar el seguimiento, el control y toma de decisiones, así como la presentación de los informes respectivos.
  18. Realizar la presentación de informes de labores, informes de gestión y de rendición de cuentas de la dependencia.
  19. Administrar el riesgo de los procesos a su cargo.
  20. Direccionar la implementación, mantenimiento y mejora de los sistemas de información que se utilizan en la Subsecretaría, en coordinación con la Dirección de TIyC (tecnología, innovación y ciencia), para la adecuada prestación del servicio.